Derecho Administrativo
Contamos con un equipo experto en litigios en esta área del DERECHO ADMINISTRATIVO que presta asesoría y representa a nuestros clientes en las diferentes instancias, tanto administrativas, como prejudiciales y judiciales ante la jurisdicción CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA.
Podemos destacar las siguientes prácticas:
i) Representación en actuaciones y procedimientos administrativos adelantados por los diferentes entes estatales.
ii) Representación en conciliaciones prejudiciales ante las Procuradurías Delegadas para Asuntos Administrativos, como requisito de procedibilidad para ejercer los diferentes medios de control previstos en la Ley 1437 de 2011.
iii) Proyección, elaboración y representación tanto en el extremo activo como en el pasivo ante los diferentes medios de control que se ventilan en la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, tales como: Nulidad Simple, Nulidad y Restablecimiento del Derecho, Nulidad Electoral, Reparación Directa, Controversias Contractuales, Acciones de Grupo, Acciones Populares, entre otros.
iv) El artículo 90 de la Constitución Política establece que el Estado colombiano deberá responder patrimonialmente por los daños causados como consecuencia de la acción u omisión de las autoridades públicas; las víctimas del Estado tienen derecho a reclamar una indemnización económica, para así obtener reparación de todos los perjuicios sufridos, como quiera que las víctimas no saben cómo obtener la indemnización a la que tienen derecho.
Estamos preparados para brindarle asesoría jurídica necesaria, toda vez que SI ES POSIBLE reclamar ante la justicia en calidad de víctima del Estado, para promover una demanda contra el Estado y reclamar una indemnización de los perjuicios que el Estado y sus agentes le causaron.
v) Demandas contra las Fuerzas Militares de Colombia (Ejército, Armada Nacional, Fuerza Aérea y Policía Nacional), el decreto 1796 de 2000, en su artículo 37 se refiere al derecho de indemnización que consiste en el derecho al pago de indemnización en el cual se hubiere sufrido un descenso en la capacidad laboral si es miembro activo.
vi) Demandas contra las Fuerzas Militares de Colombia (Ejército, Armada Nacional, Fuerza Aérea y Policía Nacional) si está en el último año de formación y es llevado a consejo académico o disciplinario para ocasionar su expulsión de la institución estando a punto de terminar su formación académica.
Es de aclarar que existen muchos actos que le presentan al militar en formación, para que en consejo acepte y con esto se dé la baja de la institución violando los derechos a la educación y a su formación militar, por lo que se puede solicitar una indemnización a las Fuerzas Militares, buscado se conceda con acciones constitucionales que el militar, termine sus estudios y/o buscamos que sea reintegrado a su formación.